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Antiguo 27-03-2007, 18:40:45
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Predeterminado El Derecho de Sucesiones en el Reino Antiguo

El primer documento jurídico relativo al Derecho de Sucesiones es la biografía de Mechen. Hijo de escriba judicial Inepeuemanj y de Nebsenit, al escribir su brillante carrera, que le llevó a los más altos cargos durante el reinado de Snefru, nos da interesantes detalles sobre la transmisión de los bienes en su familia.
Parece que recoge por herencia una parte de los bienes de su padre: tierras con gente y ganado. Su madre Nebsenit hace un testamento en favor de los hijos y a Mechen le corresponden cincuenta aruras de tierra. El propio Mechen hace donación a sus hijos, en vida, de doce aruras, y como parece que sólo tuvo un hijo varón, ha de deducirse que los demás beneficiarios eran hijas.

Estos datos nos muestran la situación jurídica de la familia al final de la III dinastía. El padre y la madre, los hijos tienen cada uno su propio patrimonio.
La madre de Mechen dispone libremente de testamento de sus bienes.
Por consiguiente, posee capacidad jurídica plena y entera; no está sometida ni a la autoridad de su esposo (si lo suponemos aún con vida). Sus bienes no se confunden con los de su marido ni con los de los hijos, entre los que se reparten a su muerte.

La independencia jurídica de la mujer casada se confirma por el mismo hecho de que Mechen en su tumba no menciona a su esposa, que debió tener su propia tumba y su propio culto; Mechen no interviene para nada en la propiedad ni en la administración de sus bienes.

Tampoco aparece en la sucesión ningún tipo de privilegió del hijo mayor.
Mechen no indica si es él mayor, y no hace referencia a hermanos ni a hermanas, por consiguiente, su fortuna es meramente personal.
De todo ello deducimos que los hijos tenían derechos iguales en la sucesión de sus padres y esta deducción parece ser corroborada por el mismo hecho de que Mechen deja sus bienes a sus hijos sin ninguna distinción.
El derecho se sucesión de hijos e hijas se confirma con el testamento del visir príncipe Nikaure, hijo de Keops, quien, salvo un legado a su esposa, divide sus bienes en partes sensiblemente iguales entre sus hijos. Sus dos hijos reciben cada uno tres dominios, su hija y otro hijo dos dominios también cada uno.

La igualdad sucesoria de hijos e hijas confirma la igualdad jurídica de los sexos y la aptitud de la mujer para adquirir y administrar la propiedad inmobiliaria exactamente como los hombres.

Este testamento nos muestra que la sucesión entre los miembros de sangre real se regía también por el derecho común.

En general, los testamentos del Reino Antiguo contienen un legado del marido a su esposa. este legado suele sobrepasar la parte de uno de los hijos. El príncipe Nikaure lega a su esposa cuatro dominios y diversas propiedades.
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