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Antiguo 06-07-2007, 18:10:22
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Predeterminado El Decreto de Horemheb / Ra-ser-Kheperu

El Decreto de Horemheb

Conocemos algunos documentos jurídicos de principios de la XVIIID., pero el más remarcable es: El Decreto de Horemheb el que nos aporta más conocimiento sobre este marco de la justicia y su aplicación en el Imperio Nuevo. Tras el anunciado de algunos de sus artículos de su decreto, el rey resume su esfuerzo para restaurar un justicia eficaz y honesta.

Horemheb reorganiza la jurisdicción administrativa encargada de recibir recursos en aquellos que se estimen lesionados por los funcionarios o que se consideren víctimas de injusticia por parte de los jueces.

De ello hace participe y confía esta fundación a los 2 magistrados supremos uno en Tebas y otro en Heliópolis, los visires, nombrada por el rey personalmente por su trayectoria y meritos personales. Cada 4 meses los dos magistrados del Alto y Bajo Egipto deben despachar con él y le entregan los archivos correspondientes y los de su asamblea.

Ellos frente de un consejo, fallara obedeciendo las palabras del palacio es decir ser obedientes a las consignas del Dominio Real y las leyes conservadas en los archivos lo precisa el propio texto del decreto, “las instrucciones dadas oralmente por el Rey” y las “ leyes inscritas en las compilaciones. ´rryt.

El rey insiste que deben de ser hombres discretos, de carácter justo, capaces de sondear los pensamientos, obedientes, honestos advirtiéndoles que no se dejen influir, ni se comprometan con la gente, no acepten recompensa a terceros, no se aprovechen, que se deben al faraón a cuyo servicio prestan.

Por ello el Rey estipula en estas reformas fiscales y democráticas van acompañadas de una revisión del sistema de remuneración de los jueces: cada cual obtendrá su salario pagado por el Estado con puntualidad, pero en lo sucesivo no se impondrá ninguna tasa en plata, oro o cobre por tal concepto, ni por los mismos visires, ni por los miembros de los consejos judiciales, que comprenden, por un lado, a los gobernadores locales nombrados por el rey, y por otro, a los profetas de los templos, asistidos por sacerdotes U´b, los alcaldes del interior de este país, así como los sacerdotes de segundo rango, en número variable, los cuales no parecen de designación real. Es decir se prohíbe aceptar cualquier tipo de tasa a los tribunales.

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Ante la situación crítica de su pueblo este faraón resolvió hacer reinar la justicia en Kemet.

Su Majestad pidió consejo a su corazón acerca del modo cómo se podría extirpar el crimen y suprimir el fraude. Las decisiones tomadas por su majestad son una excelente protección:

-Impedir la violencia y librar a su pueblo de cualquier opresión.

Su Majestad consagró todo su tiempo a buscar el bienestar de Kemet y a descubrir por doquier los abusos cometidos en el País. (Su Majestad llamó a un escriba para transmitirle sus órdenes.) El escriba tomó paleta y papiro y puso por escrito todo lo que le dijo el propio rey. Él habló del modo siguiente.....

Se castigara con implacable rigor a los funcionarios y soldados que, abusando de su poder, roban cosechas o el ganado de los campesinos con el pretexto de impuesto o requisas. La ley será aplicada con máxima severidad, a los funcionarios se les condenará a cortarles la nariz, y a los soldados que merodeen recibirán cien bastonazos. Se infligirán las penas más duras a los jueces que se entiendan con los recaudadores de impuestos para compartir las rapiñas que pudieran hacer.

El delito más grave es sin duda el del juez o magistrado que se deja comprar: su castigo será la muerte.

Pero no es suficiente con impedir los actos de violencia, es necesario proteger a los desgraciados contra las exacciones del Fisco.

El rey ordena, bajo penas más severas, respetar los medios de trabajo de los contribuyentes insolventes. En lo sucesivo se prohíbe a los agentes del fisco embargar la barca del insolvente o apoderarse del trigo que necesite para vivir. También se prohíbe formalmente la requisa de esclavos de los agricultores y el apartarlos así por espacio de varios días del trabajo normal. Toda requisa en casa de un pobre de solemnidad debía, por otra parte, suspenderse.

Además el fisco, cuando se halla ante un caso de pleito, debe dar prueba de humanidad.

La administración del patrimonio real alquila ganado a los campesinos. Cuando no pueden devolver las bestias que se les han confiado, no hay que apresurarse a arrestarlos. Deben escucharse sus explicaciones y confiar en su buena fe. Esta misma presunción de buena fe debe concederse a los campesinos que aleguen que los soldados han robado su ganado y no pueden entregar al ejército las pieles que deben en concepto de impuesto.

El rey no tiene bastante con asegurar la justicia al pueblo, quiere aliviar la miseria de los pobres.Para ello el decreto termina ordenando que cada mes se celebre una gran fiesta en tebas bajo su presencia, en la que todos los hombres y mujeres disfrutarán de una buena comida con pan y carne, procedente de las reservas de los graneros reales; todos recibirán trigo y cebada sin que reste nadie sin recibirlos.

Así su majestad,

Dice el faraón que estos robos han sido muy frecuentes y, cuando no se puedan probar, deberá bastar en ciertos casos la alegación del contribuyente. En ello vemos un principio de excepcional benignidad que justifica la declaración que hace el rey al recordar sus deberes a los jueces: “Mi Majestad legisla para Egipto, con la finalidad que sus habitantes vivan con prosperidad, mientras eella aparezca sobre el trono de Re. Se ha restablecido un tribunal competente a lo largo de Kamet”
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La política seguida por el rey fue dominada por dos ideas que parecen incompatibles y contradictorias:

-Una impuesta por los acontecimientos a los que debía el trono, era favorable a la oligarquía y a la intervención del clero en los asuntos del Estado.

-Y la expresión de sus propios sentimientos y llevaba en sí la realización de los principios del derecho natural que había inspirado la reforma de Tell el-Amarna. La política social de El-Amarna, interrumpida por la restauración amónica, se impone a la monarquía, que debe hacer frente de nuevo al absolutismo y la igualdad. Frente a ella la oligarquía triunfante, que representa los sacerdotes, había conquistado una situación jurídica privilegiada que no dejara de desarrollar su poder.

Mientras el país conserva su prosperidad, las dos corrientes opuestas no comprometerán el equilibrio social, solo un siglo más tarde, al final del reinado de Ramses II, provocaran la grabe crisis que contribuirá en parte a la decadencia del reino.

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Horemheb, Ra-ser-Kheperu, dinastía XVIII, hacia 1332-1328 a.C. Se casó con Muntnodyme, probablemente la hermana de la reina de Amenofis IV.
Se conocen muy pocos datos sobre el reinado de este rey, pero lo más notable fue la reforma impuesta para restablecer el orden, la justicia y la equidad en su país.

compilaciones.:La referencia que suscita son las leyes transcritas en registros como los de la “Gran Sala de Horus” conocidos durante el Reino Antiguo. Ej. Ostracon Nash que trata de un referente judicial.
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